Cómo es trabajar en Correos

Lo que hay después del examen: un contrato de trabajo regido por el Estatuto de los Trabajadores y por un convenio cuyas tablas salariales no están publicadas al día. Explicamos por qué eso importa.

Última actualización: 18 de agosto de 2026

Conviene decidir con información antes de invertir meses de preparación. Quien entra en Correos no adquiere la condición de funcionario: firma un contrato de trabajo con una sociedad mercantil estatal, regido por el Estatuto de los Trabajadores y por el convenio colectivo de la empresa.

Qué firmas exactamente

La base normativa de la sociedad está en el Real Decreto 370/2004, artículos 3 y 6.3. Y los principios que rigen la selección —igualdad, mérito, capacidad y publicidad— llegan por la disposición adicional primera del TREBEP, que extiende los artículos 52 a 55 y 59 a las entidades del sector público no comprendidas en su artículo 2. Correos no está en ese artículo 2, y por eso citarlo es el error habitual.

La consecuencia práctica es que el documento de referencia sobre tus condiciones no es una norma administrativa sino un convenio negociado. Ahí están jornada, complementos, clasificación profesional, movilidad y promoción. Y ahí empieza el problema del que trata el apartado siguiente.

Por qué esta página no da una cifra de salario

Esta página no publica ninguna cifra de salario, y la razón es concreta. Las últimas tablas salariales publicadas en el BOE son las del III Convenio Colectivo, de 2011, cuya vigencia expiró en 2013. El IV Convenio no consta publicado a agosto de 2026. No hay, por tanto, una tabla vigente publicada que citar.

Merece la pena detenerse en lo que eso significa, porque no es una cautela de trámite. Todas las cifras de sueldo de Correos que circulan por internet salen de algún sitio, y ese sitio no es una tabla publicada y vigente: son medias de portales de empleo, nóminas compartidas en foros o extrapolaciones del convenio caducado. Ninguna cita a la vez publicador, año y método.

Y hay una razón editorial de fondo: mucha gente decide presentarse a partir de una cifra leída sin contexto. Publicar un número inventado sobre el que alguien invierte un año de preparación hace más daño que la ausencia de ese número. Si aparece un convenio con tablas publicadas, aparecerá aquí con su fecha.

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Lo que sí se puede afirmar sobre la retribución

Una cosa concreta, y viene de las propias bases. Las bases de 2022 ordenan los ocho puestos de trabajo que enumeran «atendiendo a la mayor retribución del puesto de trabajo y jornada». Es decir: la jerarquía retributiva relativa entre puestos sí es afirmable, aunque los importes no lo sean.

No es poca información. Permite saber que la elección de puesto tiene consecuencias económicas y en qué dirección, sin necesidad de inventarse un euro. Y describir la estructura tampoco exige cifras: salario base ligado al grupo profesional y al puesto, complementos vinculados a las condiciones concretas del trabajo, y antigüedad. Dos personas del mismo puesto pueden cobrar distinto según turno, ubicación y años.

Permanencia y periodo de prueba

Dos preguntas frecuentes con respuestas de distinto color. La primera: las bases de 2022 no contienen ninguna cláusula de permanencia. No hay años obligatorios de estancia asociados a este proceso, y cualquier compromiso de permanencia que se cuente no sale de esas bases.

La segunda: la duración del periodo de prueba no la publicamos porque no la tenemos verificada. Lo que sí consta es su consecuencia, y es seria: no haberlo superado en un puesto impide presentarse después a ese mismo puesto. Es la fase del proceso con peor relación entre atención recibida y consecuencias.

Los cuatro puestos son trabajos distintos

Es fácil hablar de «trabajar en Correos» como si fuera una sola cosa. El reparto motorizado supone conducir a diario y trabajar a la intemperie; el reparto a pie, desplazamiento continuo y carga; la clasificación es trabajo en centro, con manipulación de cargas y turnos; la atención al cliente es trato con público en oficina, y es el puesto que va por su propia prueba y su propio anexo de méritos.

Elegir puesto pensando solo en la competencia se paga después, porque la plaza obtenida es la que se trabaja durante años. Y también se paga antes: la elección de puesto y provincia condiciona el baremo, porque hay apartados que solo cuentan en la combinación solicitada. Está en el baremo de méritos.

En qué empresa entras

Correos es el operador designado para prestar el servicio postal universal en España, y esa designación acaba de prorrogarse: la Ley 6/2025, de 28 de julio, la extiende hasta el 31 de diciembre de 2030. Es un dato de estabilidad institucional que rara vez se cuenta a quien está decidiendo si prepararse.

Qué obliga a prestar ese servicio, según el artículo 21 de la Ley 43/2010: cartas hasta 2 kg y paquetes hasta 20 kg, recogida y entrega de lunes a viernes, y oficina a 20 km o menos en zona rural. Ese es, literalmente, el trabajo.

Y un dato incómodo que también es público: en 2024 Correos incumplió 8 de los 14 indicadores de calidad establecidos. Lo decimos porque describe la presión operativa real del puesto mejor que cualquier frase sobre vocación de servicio.

Bolsa de empleo y Portal de Empleo no son lo mismo

La bolsa de empleo ordena la contratación temporal y es un proceso distinto del de personal fijo. Aprobar sin plaza no da contrato, pero la pertenencia activa a la bolsa del puesto y la provincia solicitados puntuaba hasta 8 puntos en el baremo de 2022. Entrar por temporal es, por tanto, una vía lenta pero real hacia la convocatoria siguiente.

El Portal de Empleo es otra cosa: captación para contratación temporal cuando se agotan las bolsas. Su propio texto advierte de que «no implica la inclusión en la Bolsa de Empleo, ni genera ningún derecho, expectativa o compromiso de contratación». Dejar ahí el currículum no es inscribirse en ninguna convocatoria.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se cobra en Correos?

Esta página no publica una cifra. Las últimas tablas salariales publicadas en el BOE son las del III Convenio Colectivo, de 2011, cuya vigencia expiró en 2013, y el IV Convenio no consta publicado a agosto de 2026. Ninguna de las cifras que circulan cita publicador, año y método.

¿Se puede saber al menos qué puesto cobra más?

En términos relativos sí. Las bases de 2022 ordenan los ocho puestos «atendiendo a la mayor retribución del puesto de trabajo y jornada», de modo que la jerarquía entre puestos es afirmable aunque los importes no lo sean.

¿Hay que quedarse un número de años obligatoriamente?

Las bases de 2022 no contienen ninguna cláusula de permanencia. Cualquier compromiso de permanencia que se te cuente sobre este proceso no sale de esas bases.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

No lo publicamos porque no lo tenemos verificado. Lo que sí consta es su consecuencia: no haberlo superado en un puesto impide presentarse después a ese mismo puesto.

¿Estar en la bolsa de empleo da contrato fijo?

No. La bolsa ordena la contratación temporal y es un proceso distinto del de personal fijo. Pero la pertenencia activa a la bolsa del puesto y la provincia solicitados puntuaba hasta 8 puntos en el baremo de 2022.

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Fuentes oficiales

El proceso de personal laboral fijo se publica en la web corporativa de Correos, no en el Boletín Oficial del Estado; sí van al BOE los procesos de los Cuerpos y Escalas de funcionarios de Correos, que son un colectivo distinto y a extinguir. Esto es información, no asesoramiento: las bases de cada convocatoria son la única fuente vinculante.

CorreosTest es una herramienta independiente de preparación y no está afiliada ni respaldada por la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos. La información oficial y vinculante es siempre la publicada por la propia Sociedad Estatal en las bases de cada convocatoria y en su portal de empleo.